Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio

El objetivo del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” será la recuperación del mayor grado de normalidad posible en cuanto al funcionamiento económico y social, pero con todos los cuidados y resguardos necesarios, y sosteniendo un constante monitoreo de la evolución epidemiológica para garantizar un control efectivo de la situación.
Frente a la evidencia de que actualmente conviven dos realidades, se ha dispuesto establecer un nuevo marco normativo que permita abordar de forma adecuada la pandemia en aquellas zonas en las que no se observa transmisión comunitaria del virus.
 

Pautas y recomendaciones

Reglas de conducta generales

Durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.
 

Aislamiento preventivo

En caso de detectar situaciones de riesgo de propagación del virus SARS-CoV-2, y con la finalidad de prevenir su propagación para proteger la salud pública de la población, los gobernadores estarán facultados para disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a la provincia provenientes de otras jurisdicciones, previa intervención de la autoridad sanitaria provincial y por un plazo máximo de catorce días.
 
 

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